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martes, 12 de enero de 2016

Lluís Companys

Lluís Companys nació en Tarrós, Urgell (Lleida), en el año 1882. Hijo de una familia de propietarios rurales con buena posición, se trasladó a estudiar a Barcelona. Allí cursaría derecho y comenzaría su vida pública en el intenso clima político nacido al calor de la crisis del 98. Companys se acercó al republicanismo como un proyecto de regeneración de España y porque parecía el único régimen que permitiría resolver el hecho específico de Cataluña. En sus años de estudiante militó en la Asociación Escolar Republicana donde coincidió con Francesc Layret, compañero fundamental para nuestro protagonista. Companys participó en la Solidaritat Catalana y en la Unió Federal Nacionalista Republicana. Pero después del pacto entre la Unió Federal y el lerrouxismo, así como por su derrota electoral, el republicanismo catalanista entró en una profunda crisis. Companys decidió, en consecuencia, afiliarse al Partido Republicano Reformista, formación dirigida por Melquíades Álvarez.
En 1910, Companys se casó con su primera esposa, Mercè Micó, con quien tuvo dos hijos. El mayor de ellos sufrió varias enfermedades muy graves y siempre fue una fuente de preocupación para el padre. En septiembre de 1936, el matrimonio se divorció. Companys se casó con Carme Ballester. Su segunda esposa fue militante del Estat Català. En 1938, Ballester marchó a Francia para cuidar de su hijastro. En la guerra mundial contactó con la Resistencia y salvó a varios ciudadanos judíos. Mantuvo siempre la memoria de su esposo, hasta su fallecimiento en 1972, en el exilio.
En 1917, nuestro protagonista retornó a la política estrictamente catalana a través del Partit Republicà Català, del que sería uno de sus fundadores y dirigente. Consiguió ser elegido concejal en el Ayuntamiento de Barcelona. En 1919, Barcelona vivía en plena época del pistolerismo y la violencia política. Companys fue el abogado de los líderes de la CNT en los juicios a los que fueron sometidos. Además, colaboró en la creación de la Unió de Rabbassaires (UR), fundada en 1921, con el propósito de llevar el sindicalismo al mundo rural. Anteriormente, tras el asesinato de Layret, Companys había sido elegido diputado por Sabadell, el distrito del que había sido, también diputado su gran amigo. Eso ocurrió en 1920 y fue reelegido en 1923. Además de esta actividad política, Companys practicó con asiduidad el periodismo en “La Publicitat” y en “La Lucha”, así como en “La Terra”, el órgano de expresión de la UR, que había fundado.
En 1931, Companys intervino en la fundación de la Esquerra Republicana de Catalunya, y participó en las elecciones de abril. Companys proclamó la República desde el balcón del Ayuntamiento de Barcelona. Fue elegido diputado en las Cortes por la provincia de Barcelona en ese mismo año, como luego por la capital en 1933 y 1936. También fue diputado del Parlament de Catalunya en 1932 y fue su primer presidente. También fue nombrado ministro de Marina en 1933. Al morir el presidente Macià, Lluís Companys fue elegido nuevo presidente de la Generalitat en el mes de enero de 1934. Al frente del gobierno catalán se esforzó por reagrupar las fuerzas del republicanismo de izquierdas, que estaba en plena crisis después de la victoria electoral en España del centro-derecha. En esta época se debatió y aprobó la controvertida Ley de Contratos de Cultivo, por los ataques que desató de derecha catalana y que fue impugnada por el gobierno de la República. En ese año de 1934 se produjeron los hechos del Seis de octubre, culmen de la profunda crisis política, institucional y social de España y Cataluña. Companys proclamó el Estat Català dentro de la República Federal Española. Pero todo terminó rápidamente con la intervención del ejército. Companys fue uno de los detenidos y juzgados. Su condena se elevó a treinta años de prisión, pero salió de prisión después del triunfo electoral del Frente Popular en febrero de 1936. En la guerra civil, Companys luchó por conservar las instituciones autonómicas y republicanas, frente a la revolución anarquista, para luego intentar encontrar puntos de encuentro con dicho movimiento, muy poderoso en Cataluña. Pero, también tuvo problemas con el gobierno central, especialmente cuando éste se instaló en Barcelona. Al perderse la guerra, Companys marchó a Francia pero cuando los nazis derrotaron a los franceses fue detenido y entregado a la policía franquista. Se le trasladó a Madrid, donde sufrió torturas, y luego fue conducido a Barcelona. Fue juzgado en consejo de guerra sumarísimo y condenado a muerte. Fue fusilado en el castillo de Montjuïc, el día 15 de octubre de 1940.

Eduardo Montagut

martes, 29 de diciembre de 2015

El Estatut de Autonomía de Catalunya en la Segunda República

En este artículo estudiamos la elaboración, aprobación y desenvolvimiento del Estatuto de Autonomía de Catalunya en la Segunda República hasta su abolición por Franco.
Después del acuerdo entre Macià y el gobierno provisional de la República que sustituyó la República Catalana por una Generalitat provisional el 17 de abril de 1931, ésta se encargó de elaborar un anteproyecto de Estatuto de autonomía que debía ser consultado en plebiscito por Cataluña y ratificado, posteriormente, por las Cortes. La Generalitat designó una diputación que estableció una ponencia redactora presidida por Jaume Carner. El 20 de junio de 1931 se presentó el anteproyecto con el nombre de Estatut de Núria, lugar donde había sido redactado. Fue votado en referéndum el día 2 de agosto con una participación del 75% del censo electoral, y con el 99% de votos afirmativos. Las mujeres, aún privadas del derecho al voto, presentaron 400.000 firmas de adhesión al Estatut. El 18 de agosto de 1931 el presidente Niceto Alcalá Zamora lo presentó en las Cortes para su discusión.
El Estatut era una especie de desiderátum federalista, previendo un gobierno común para losPaïsos Catalans, que no fue recogido por la Constitución de 1931, que definía a España como un Estado integral. Reivindicaba la lengua catalana como la única oficial en Cataluña y todos los niveles educativos debían ser competencia exclusiva de la Generalitat. También debía cambiar el régimen municipal, la división territorial, el derecho civil y el orden público, pasando a depender de la Generalitat, que contaría con los recursos de las antiguas diputaciones provinciales.
En las Cortes se abrió el debate sobre el Estatut el 6 de mayo de 1932, pero las Cortes no consideraban que hubiera que ratificarlo, a partir del contenido de la Constitución aprobada en diciembre de 1931. Las Cortes establecieron que no era más que un anteproyecto modificable en muchos aspectos. El Estatut de Núria tocaba aspectos fundamentales de la concepción unitaria o “integral” del Estado español, provocando un intenso debate y una clara crispación política. Los parlamentarios catalanes hicieron una enérgica defensa del Estatut, especialmente Companys y Campalans. En este debate se destacó, sin lugar a dudas, el propio Azaña que, a pesar de no ser un político decididamente autonomista, defendió que la autonomía de Cataluña era un derecho inalienable del pueblo catalán. Al final, las Cortes aprobaron el Estatut de Catalunya el 9 de septiembre de 1932. No cabe duda que pesó mucho en esta aprobación el peligro que había supuesto la Sanjurjada en agosto de ese mismo año.
El Estatut definía a Catalunya como una región autónoma dentro del Estado español, aspecto que suponía una clara rebaja de lo definido en el Estatut de Núria, adecuando el texto a lo que establecía la Constitución de 1931 en esta materia. Implantaba el bilingüismo, reducía la competencia legislativa catalana, preveía la designación de delegados para supervisar los actos ejecutivos de la Generalitat, sustraía a la misma la competencia exclusiva en la enseñanza, creaba una junta de seguridad mixta para el orden público, que podía ser mantenido por intervención del poder central sin requerimiento ni participación de la Generalitat, y suprimía el Tribunal Paritario para dirimir los conflictos entre la Generalitat y el poder central, ya que estos problemas serían competencia del Tribunal de Garantías Constitucionales.
A pesar de la evidente decepción por estos recortes, el Estatut se convirtió en algo muy útil e histórico, ya que supuso para los catalanes la creación de órganos de gobierno y con capacidad legislativa, aunque limitada. El siguiente problema fue el de la lentitud de los traspasos, ya que en 1938 aún quedaban servicios por traspasar, así como el de los conflictos sobre los bienes y derechos que el Estado cedía a Generalitat. Se creó una Comisión Mixta del Estatuto para ejecutar los traspasos y hacer las valoraciones pertinentes.
Uno de los grandes conflictos llegó con la declaración de inconstitucionalidad de la Ley de Contratos de Cultivo en junio de 1934. Las relaciones entre los dos poderes se tensaron de forma evidente.
Después de los hechos del Seis de Octubre de 1934, el Estatut fue suspendido parcialmente y no fue restaurado completamente hasta la victoria del Frente Popular en febrero de 1936. Se puede decir que durante la guerra civil se dio un período de máxima asunción de competencias estatutarias por parte de la Generalitat, al menos entre 1936 y 1937, pero la autonomía catalana comenzó su final cuando el ejército franquista entró en territorio catalán. Una ley de 5 de abril de 1938 abolía el Estatut y todos los signos de autonomía. Dicha ley se completó cuando toda Cataluña fue ocupada en febrero de 1939.

Eduardo Montagut

martes, 22 de diciembre de 2015

El conflicto a raíz de la Ley catalana de Contratos de Cultivo en 1934

En este trabajo nos acercamos al conflicto generado por una de las leyes más polémicas aprobadas en Cataluña en tiempos de la Segunda República. Nos referimos a la Ley de Contratos de Cultivo (Llei de Contractes de Conreu). 

Su aprobación plasmó el claro conflicto entre las pretensiones reformistas de la Esquerra Republicana y el sindicato de campesinos no propietarios, y la cerrada defensa de la propiedad de los propietarios, defendidos por la Lliga y por el gobierno de centro-derecha de Madrid, en pleno Bienio radical-cedista.


La Ley de Contratos de Cultivo fue aprobada por el Parlament de Catalunya el 21 de marzo de 1934 por unanimidad, aunque con la ausencia de los diputados de la Lliga. La ley buscaba corregir los abusos contractuales, especialmente en la rabassamorta y preconizaba de manera moderada, aunque reformista, el acceso de los campesinos a la propiedad de la tierra cultivada. 

La ley reforzaba la propiedad privada de la tierra frente a cualquier intento de colectivizarla. En este sentido, estaba en línea con lo defendido por la Unió de Rabassaires y AltresCultivadors del Camp de Catalunya, el poderoso sindicato agrario catalán de campesinos no propietarios. La Unió quería una profunda reforma agraria pero rechazaba también las pretensiones anarcosindicalistas sobre la colectivización de la tierra. 

Por su parte, los grandes propietarios catalanes no estaban de acuerdo con dicha ley. Se organizó una intensa campaña en contra organizada por elInstitut Agrícola Català de SantIsidre en relación con la Lliga. 

La impugnación de la ley ante el Tribunal de Garantías Constitucionales de la República polarizó el clima social y político en Cataluña, ligando las reivindicaciones de los payeses a las nacionalistas de autogobierno, junto con las sociales de los trabajadores. La propia Unió se radicalizó.

Eduardo Montagut